La Tercera Sala Penal para Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de Lima declaró «improcedente liminarmente» el recurso de hábeas corpus interpuesto por la defensa legal del expresidente Alejandro Toledo en contra de Pedro Pablo Kuczynski, Enrique Mendoza y Cayetana Aljovin.
En su resolución, la Corte Superior sostuvo que «el argumento del demandante [la defensa de Alejandro Toledo] sobre […] una supuesta persecución política traducida en ilegal celeridad en la decisión de acceder a la extradición y contexto de crisis política [con la cual] se estaría vulnerando sus derechos constitucionales [del expresidente], carece de sustento legal, pues la Corte IDH se ha pronunciado al supuesto y negado derecho de informar oralmente a nivel del Poder Ejecutivo en el sistema extradicional peruano».
La Corte indicó que «la defensa del hoy favorecido [el expresidente Toledo] hizo uso de la palabra en la audiencia de extradición llevada a cabo el 5 de marzo de 2018, por lo que en ningún momento del proceso se encontró en desventaja».

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